La ética en la práctica etnográfica

Consentimiento Informado del LINEA para el desarrollo de sus proyectos y actividades de investigación.

Desde hace ya más de cuatro décadas se reconoce la especificidad de los dilemas éticos en la investigación antropológica. En consecuencia, fueron desarrollándose instrumentos normativos a nivel internacional para la protección de los derechos de los sujetos que participan en investigaciones. Sin embargo, resta aún formalizar y profundizar los debates y promover recursos que operacionalicen los criterios éticos y provean encuadres concretos a las prácticas académicas y profesionales.

El cumplimiento de los códigos y las normas de ética en nuestros proyectos de  investigación, docencia y extensión que se ejecutan en el LINEA se consideran parte fundamental del ejercicio etnográfico. Ello implica contemplar en todo momento los principios básicos de respeto a las personas y a las comunidades, así como desarrollar prácticas integrales que resulten adecuadas en los contextos particulares donde trabajamos. 

Acorde a normativas nacionales e internacionales, en la UNLP los procedimientos éticos para el desarrollo de investigaciones son establecidos por el Comité Consultivo Central de Bioética (CCCB) “un órgano colegiado, independiente, pluridisciplinario, laico de asesoramiento del Presidente de la UNLP en materia de bioética relacionada con las actividades docentes, de investigación y toda otra cuestión que sea requerida por la presidencia de la UNLP” (Reglamento del Comité Consultivo de Bioética de la UNLP).

Entre las normativas que instala este organismo, se prevé el compromiso de obtener un consentimiento informado por escrito de cada sujeto que actúe como participante de una intervención. En este sentido, desde el LINEA acordamos que el consentimiento informado de las personas involucradas resulta un procedimiento imprescindible en la instancia de campo. Es nuestro deber como investigadores e investigadoras garantizar a los sujetos que colaboran en nuestras propuestas, la explicitación de los alcances de cada proyecto, la protección de sus saberes y opiniones respecto de las temáticas tratadas, con procedimientos y formatos que deben ser puestos en consideración y se adapten a las diversas situaciones y contextos en que dichas prácticas se desarrollan y el modo en que serán socializados los resultados.  

Acorde con estas necesidades y con los lineamientos propuestos, en el año 2019 trabajamos en equipo para la elaboración de un Protocolo de Consentimiento Informado, para ser aplicado en el marco de nuestros proyectos. Este documento, validado por el Comité Consultivo de Bioética de la UNLP (ACTA N°60/2019) constituye una garantía para los participantes que atraviesa todo el transcurso de las prácticas etnográficas desarrolladas desde el LINEA por medio de la observancia de parámetros éticos y el resguardo de los derechos de los sujetos y las poblaciones, evitando la posibilidad de su identificación y protegiendo su privacidad.

A la vez, el protocolo enunciado establece el deber de las investigadoras e investigadores de: informar los objetivos de investigación; comunicar los potenciales beneficios, riesgos e inconvenientes; y asegurar la libertad de participar o no participar en la investigación, incluyendo la posibilidad de retirar su consentimiento en cualquier momento, sin exponerse a represalias. 

Es en este sentido que invitamos a la Comunidad Académica a la reflexión continua acerca de sus prácticas e instrumentos de investigación y extensión en el marco de consideraciones éticas y sumarse a impulsar la creación de Comités de Ética en cada Facultad de nuestra universidad, de modo de responder de forma responsable y situada a las particularidades propias de cada proyecto. Asimismo, elevamos este documento para conocimiento del Consejo Directivo de nuestra Unidad Académica, de modo que alcance su mayor difusión y pueda ponerse a consideración de Cátedras, Unidades ejecutoras, Divisiones científicas y cualquier otro ámbito de aplicación. 

 

Actualizado el: 2021-11-05

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